Avanza la ley de reparación económica para hijos e hijas de víctimas de femicidio

| Edición N° 5374

Buenos Aires, Argentina

10-05-2018 |


Avanza la ley de reparación económica para hijos e hijas de víctimas de femicidio

La ley de "Reparación económica" ​ ​que busca brindarles asistencia económica y cobertura de obra social a ​hijas e hijos de mujeres víctimas de femicidios ​,​ fue aprobada hoy en la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires.


La iniciativa impulsada por la senadora por Cambiemos Daniela Reich -que fue girada a Diputados- crea el Régimen Provincial de Reparación Económica para hijas e hijos de mujeres víctimas de femicidios.

​Las personas destinatarias son hijas e hijos menores de 21 años o personas con discapacidad sin límite de edad y determina que la reparación podrá extenderse hasta los 25 años si presenta certificados de estudios regulares.

Para alcanzar el beneficio -una prestación mensual que consistirá en una suma equivalente a la de un haber mínimo jubilatorio del Instituto de Previsión Social-  deberán tener domicilio real en la ​Provincia de Buenos Aires.

En ese contexto la ​S​enadora ​expresó "esta ley es un gran avance en el largo camino ​que venimos llevando adelante en la lucha contra la violencia de género y todas ​su​s consecuencias".

"​Queremos un Estado presente que acompañe ​​a​ ​hijos e​ hijas​ ​cuyas madres fueron víctimas de femicidio​ hasta los 21 años,​ igualando la obligación de los progenitores de prestar alimentos según establece el Código Civil y Comercial; hasta los 25 años a quienes continúen sus estudios y durante toda la vida cuando se trate de personas con discapacidad", detalló la ​Legisladora.

La propuesta aprobada en la Cámara Alta plantea que podrán acceder a la reparación cuando la progenitora o adoptante haya sido víctima de homicidio por parte de su cónyuge, concubino o conviviente o haya mediado dicha relación, así sea en calidad de autor, coautor, instigador o cómplice.

También, en los casos en que su progenitora o adoptante haya sido víctima del delito comprendido en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal.

La reparación podrá solicitarse a partir del momento en que quede firme el requerimiento de elevación a juicio solicitado por el agente fiscal o desde el momento de la extinción de la acción penal por fallecimiento del imputado.

A la vez recibirán la cobertura de la obra social del personal estatal bonaerense, el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), mientras dure el beneficio.