Con el nuevo formato la jubilación pasa a ser ejecutiva y la realiza el empleador a través del sistema SIAPE. Al mes de efectuada la junta médica, el beneficiario comienza a cobrar sus haberes sin necesidad de apersonarse con su legajo de antecedentes y/o foja de servicios.
En la primera etapa iniciaron los trámites de este tipo de jubilación los beneficiarios de la administración pública provincial, y en una segunda etapa se incluirá a los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense.
Recordemos que en el marco de la ley 9650/80 podrán iniciar el trámite quienes certifiquen una invalidez del 66% en adelante, sujeto a los artículos 29, 30, 31, 32 y 33.