De esta manera, el acoso sexual callejero queda definido como toda conducta o acción física o verbal de naturaleza o connotación sexual, basada en el género, identidad y/u orientación sexual que tengan lugar en espacios públicos o privados de acceso público.
Esta iniciativa que ahora deberá evaluar el Senado, promueve la realización de campañas que contribuyan a tomar conciencia y dar visibilidad a la problemática, tales como la generación de materiales y jornadas orientadas a la capacitación de equipos.
Asimismo, prevé multas a quienes cometan acoso sexual callejero que van desde el 15% y el 40% del sueldo de un Agente de Seguridad de la policía de la provincia, así como también trabajo comunitario de hasta 5 días.
Con esta media sanción, este proyecto ingresa a la Cámara Alta para su tratamiento y posterior promulgación.