Con esta decisión, que replica el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de diciembre pasado, la justicia federal plantea un doble estándar respecto del juzgamiento a civiles acusados por su participación en la comisión de crímenes de lesa humanidad. Esta resolución implica un límite en el juzgamiento de estos delitos: los actores económicos (empresariales y técnicos) que contribuyeron y/o buscaron beneficiarse durante el período de la dictadura cívico-militar, aportando apoyo económico, técnico, político, logístico o de otra naturaleza.
A criterio de la Subsecretaría de Derechos Humanos, que es querellante en la causa, esta nueva doctrina que se intenta instalar, además de ser completamente arbitraria configura una situación de notoria gravedad institucional, comprometiendo la responsabilidad del Estado argentino que se encuentra internacionalmente obligado a investigar y juzgar a los responsables de crímenes contra la humanidad.
Así lo resuelto por la Sala IV, no solo reviste gravedad institucional con miras a la debida preservación del imperio constitucional, convencional y del derecho internacional de los derechos humanos, sino que las cuestiones que se ventilan en esta causa superan los intereses de los partícipes, de tal modo que ella conmueve a la comunidad entera en sus valores más sustanciales y profundos.
El juzgamiento y castigo a los autores de crímenes contra la humanidad perpetrados durante el período más oscuro de nuestra historia reciente es la piedra basal del consenso social más importante conseguido desde el retorno de la democracia. Y las complicidades civiles y empresariales no pueden, ni deben, estar por afuera de aquel consenso ni ser la excepción.
La Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires persistirá en su compromiso con la Memoria, la Verdad y la Justicia, como una verdadera política de Estado. Por tal motivo recurrirá el fallo en los próximos días a través de la presentación de un recurso extraordinario federal.