El Gobierno dio otro paso para que los clubes se conviertan en sociedades anónimas

| Edición N° 5341

Buenos Aires, Argentina

14-08-2024 |


El Gobierno dio otro paso para que los clubes se conviertan en sociedades anónimas

Lo hizo por intermedio del decreto 730/2024. A través de ese documento, condiciona el proyecto que AFA planea para los torneos locales.


El Gobierno nacional volvió a marcarle la cancha a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y dio otro paso clave para que los clubes que quieran convertirse en sociedades anónimas deportivas (SAD) puedan hacerlo.

A pesar que el presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, adelantara que se rechazará a las SAD en la participación en torneos locales, la administración libertaria estableció este miércoles, a través del Decreto 730/2024 publicado en el Boletín Oficial, que “no se podrá impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva” debido a su forma jurídica, ya sea una asociación civil o una sociedad anónima, siempre y cuando esté reconocida por la ley”.

Hasta la llegada de Javier Milei a la presidencia, la Ley N° 20.655 permitía que los clubes deportivos se organizaran principalmente como asociaciones civiles. Sin embargo, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23, publicado en diciembre de 2023, modificó esta normativa para permitir que también puedan convertirse en sociedades anónimas deportivas.

El nuevo decreto se jacta de los cambios realizados en aquella oportunidad y da un marco regulatorio con mayor detalle. En su artículo primero define que los “asociados a las asociaciones civiles” serán “quienes participen en la asamblea extraordinaria de la asociación que considere la decisión de transformar a la entidad en sociedad anónima o resuelva ser socia de sociedades anónimas”.

Por otro lado, en el artículo segundo especifica que, pese a que aún no se hayan adaptado los estatutos o códigos internos de las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas, estas no podrán “impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada”, que haya elegido convertirse en una SAD.

En ese sentido, aclara que todos los clubes y asociaciones “tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”.

Por último, se le da un plazo de un año a partir del día de la fecha (miércoles 14 de agosto de 2024) para que la AFA y el resto de asociaciones, federaciones y confederaciones adapten sus normas a esta medida. “El período de UN (1) año establecido en el artículo 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 del 20 de diciembre de 2023 se contará a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto”.